Asamblea General

ARTÍCULO 12- Atribuciones de la Asamblea General

Las atribuciones de la Asamblea General serán las siguientes:

a) Dictar los reglamentos que requiere el buen funcionamiento del Colegio.

b) Analizar, estudiar y votar el Plan de Trabajo y el presupuesto presentado por la Junta Directiva.

c) Examinar los actos de la Junta Directiva y conocer las quejas que se interpongan contra ella por infracciones a esta ley o a los reglamentos del Colegio.

d) Conocer y resolver las apelaciones en contra de las resoluciones de la Junta Directiva. El recurso debe interponerlo la persona interesada dentro del tercer día después de la aprobación del acta respectiva.

e) Elegir, por la mayoría de los votos de los presentes, en votación secreta, cargo por cargo, a las personas miembros de la Junta Directiva y llenar las vacantes cuando existan, observando el mismo procedimiento.

f) Nombrar a cinco personas colegiadas para que formen el Tribunal de Honor del Colegio.

g) Acordar las medidas disciplinarias a que se hagan acreedoras las personas colegiadas, cuando ello no sea competencia de la Junta Directiva.

h) Determinar el monto de las cuotas extraordinarias que pagarán las personas colegiadas.

i) Las demás funciones que le asigne esta ley o el reglamento del Colegio.

COLEGIO DE PROFESIONALES EN GEOGRAFÍA

Es una organización integrada por profesionales en geografía y cartografía de Costa Rica. Fue creado por la Ley 9601 del 1 de febrero del 2019.

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